martes, 10 de diciembre de 2013

EFECTO PANTALLA



En la redacción de un estudio de detalle, figura de ordenación urbanística de menor escala y de gran precisión, los técnicos municipales nos dictan normas para evitar el "efecto pantalla" de los edificios que estamos empezando a proyectar. Efecto pantalla es una expresión de física atómica que se refiere al comportamiento de los electrones, nada que ver con el urbanismo, que toma prestada la expresión para designar el efecto de continuidad que presuntamente pueden provocar los edificios excesivamente largos frente a unas vistas u otros edificios.

Los urbanistas limitan en las ordenanzas la longitud de fachada de los edificios para evitar ese efecto. Eso pretenden, pero la mayor parte de las veces se invoca el efecto pantalla para justificar algunas normas o restricciones que nada tienen que ver con el famoso efecto. Es nuestro caso.

Pretendemos, a través de un estudio de detalle, ordenar unos volúmenes de edificación que permitan generar superficies comerciales en una zona residencial donde los urbanistas, no se sabe muy bien con qué criterio, las habían restringido radicalmente de modo que esa parte de la ciudad está condenada a ser un barrio dormitorio con un uso residencial imperante y casi excluyente. Ahora la iniciativa privada pretende ordenar una gran manzana que posibilite espacios comerciales de los que el barrio carece por aquella imprevisión (?). Todo ese barrio se ha generado a lo largo de la vía parque de penetración a la ciudad cuyos terrenos se han obtenido gratuitamente por el sistema de localizar sus aprovechamientos en el borde. Se forma así una especie de trinchera de edificabilidad que permite acumular en ese borde casi el doble de edificabilidad que en los terrenos de "segunda fila". Inevitablemente las edificaciones con frente a esa vía parque son más altas y más largas que las que están a su espalda. Inevitable efecto que se ha materializado a lo largo de más de dos kilómetros de actuaciones en los pasados años.

Ahora quedan esas parcelas que pretendemos ordenar para favorecer la implantación de los usos comerciales no considerados, y los urbanistas municipales estiman que tenemos que "evitar el efecto pantalla" que se produciría sí nos admiten la distancia que proponemos entre dos cuerpos de edificación, algo menor que la estipulada en las ordenanzas generales del Plan General.

Obligan a que los edificios se retranqueen en las dos últimas plantas para que las distancias entre sus fachadas, en esa altura de pisos, cumpla la normativa del Plan General. Además obligan a mantener la alineación de los edificios ya construidos en lugar de retirarlos, como nosotros proponemos pues se trata de un terreno de esquina frente a una rotonda.

En fin que las aportaciones a la ordenación que hacen los municipales no nos convencen, pues no buscan una mejor y más coherente composición de los volúmenes, objetivo de un estudio de detalle, sino simple y llanamente la imposición de una normativa de discutible aplicación al caso. Y sobre todo su descargo de conciencia. Es una interpretación simplista. Pero lo peor es que dicen que está fundamentada en evitar el "efecto pantalla" de nuestra propuesta.
 
Victor Coll lo ha visto claro, y como se expresa casi mejor con dibujos, ha hecho estos esquemas en lo que se ve que los retranqueos en las últimas plantas y la alineación de los edificios con los ya construidos, no tienen nada que ver con solucionar un posible "efecto pantalla" que, eso sí, tiene su origen en la acumulación de la edificabilidad en el borde de la vía y la alineación continua de edificios de gran altura.

¡Viva la Carta de Atenas!

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