sábado, 31 de diciembre de 2016

SENTENCIAS NO SOSTENIBLES



(Publicado en DM 18-12-2016)
El Tribunal Supremo ha anulado el Plan General de Santander. El alcalde de la Ciudad en su comparecencia para explicarlo argumentó que no éramos un caso raro y enumeró las ciudades que recientemente habían pasado por el mismo trance: Gijón (275.000 habitantes), Vigo (300), Cartagena (216), Marbella (140), Toledo (83), Segovia (54), Salamanca (150), Ibiza (130), Sevilla (700), Las Palmas (380), Santiago (95), Granollers (60), etc. y Santander (180). Y ahora Laredo (12-300). Suman aproximadamente tres millones de habitantes. Más del 10% de la población urbana del país. Todos sus planes generales han sido anulados por los tribunales. Los motivos de las anulaciones no son los mismos, pero en general, hay detrás, en la mayor parte de los casos, problemas medioambientales y de sostenibilidad.
¿Qué sucede con el urbanismo de este país? ¿Tan malo es que los tribunales, especialmente el Supremo, tiene que producir una serie importante de anulaciones del planeamiento?
Un Plan General es un documento muy complejo que requiere mucho tiempo, mucho dinero y mucho esfuerzo político, más de un mandato municipal y regional, para lograr su aprobación definitiva. La incidencia sobre la economía urbana es decisiva, pues de él dependen numerosas inversiones públicas y privadas. Su aprobación produce la deseada seguridad jurídica, sustento de cualquier actividad económica. Pero todo ese tiempo, dinero y esfuerzo puede derrumbarse por una sentencia del Tribunal Supremo.
El Plan General de Santander ha sido objeto de cuatro exposiciones públicas de más de un mes de duración cada una, ha sido informado por los servicios técnicos municipales, las administraciones afectadas (Costas, Confederación Hidrográfica, Carreteras, Puertos, Montes, Agricultura, Patrimonio, Protección Civil, Defensa, Urbanismo,...), ha sido aprobado por el Ayuntamiento en varias ocasiones y definitivamente por el Gobierno Regional. Recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria fue validado por este, pero finalmente el Supremo ha estimado que es nulo y así lo declara. Se puede decir que han participado en su redacción y aprobación todas las administraciones del País, para que finalmente la Justicia del Supremo sentencie su nulidad. Es un fracaso político y administrativo, generalizado, en toda regla.
Durante unas semanas, hasta conocer la sentencia, creímos que el motivo de la anulación estaba en el modelo territorial, es decir en la cantidad y forma en que se ocupa el territorio para la previsible población futura. Este es un tema de principio, de planteamiento del Plan General, tan es así que debe estar recogido en lo que la Ley denomina presupuestos iniciales del Plan, sus orientaciones básicas, los criterios generales de política urbana y medioambiental que considere pertinentes, y que deben ser expuestos a información pública al principio del proceso. Lo llamábamos hasta hace poco Avance y hay que reconocer que nadie le concedía demasiada importancia, pues a fin de cuentas los particulares, los propietarios de terrenos y los promotores no se interesan demasiado por “los criterios generales”, son más de aquello del “¿qué hay de lo mío?”. El Avance, en el caso de Santander, fue aprobado en 2005, hace once años largos. Y supongo que a él alegaron los colegios profesionales, las organizaciones ecologistas y pocos más.
Parece claro que el Avance tiene mucha más trascendencia de la que en general se le concede, de manera que no estaría mal aprobarlo definitivamente antes de seguir con la larga, penosa y prolija redacción del Plan General. Además ese Avance o esquema territorial, debería de tener el carácter de “Constitución Urbanística” de la ciudad, de modo que fuera aprobado por amplio consenso social y político y tuviera una vigencia extensa, para luego ser desarrollado por otro tipo de planeamiento.
La sentencia del Supremo ha anulado el Plan General de Santander porque, aunque hay recursos hídricos, no está garantizado el suministro de agua por haberse anulado el bitrasvase Ebro Besaya, que sí estaba vigente cuando se aprobó el Plan, pero que se anuló, también por sentencia del Supremo, un par de años más tarde. Un lío importante e incomprensible para el público en general  y para profesionales como el que suscribe, pero con sonidos escandalosos para alimento de la lucha política, de la que a menudo salen malparados los ciudadanos.
La sentencia del Tribunal Superior de Cantabria ha anulado el Plan General de Laredo por una cuestión relativa a las telecomunicaciones. Lo han alegado las compañías de telefonía que no querían admitir las obligaciones que les imponía el Plan. Mucha razón deben de tener las poderosas compañías para conseguir anular todo un Plan General con las terribles consecuencias que ello supone. O muchos resquicios ofrece la ley para facilitar esos objetivos.
A menudo todo se justifica en la famosa sostenibilidad que es una cualidad de las actividades humanas a la que se rinde culto desde hace pocos años. En su origen era un concepto puramente económico, pero hoy se aplica a todo: arquitectura sostenible, trasporte sostenible, educación sostenible,... Hoy ser ecológico y sostenible es garantía de calidad.
¿Hay justicia sostenible? ¿Hay sentencias sostenibles? Pues está claro que sí debe de haberlas, ya que es un concepto que se aplica a cualquier actividad humana.
La Real Academia lo define así: “Especialmente en ecología y economía, que se puede mantener durante largo tiempo sin agotar los recursos o causar grave daño al medio ambiente”. Hoy utilizamos el concepto sostenible no sólo referido a los daños medioambientales. Por ejemplo: mantener durante largo tiempo una sucesión de sentencias de demolición de edificios o de anulación de planes generales, causando graves daños a los recursos de la administración (que son limitados y de todos, no hay que olvidarlo), ¿es sostenible? Es seguro que no es culpa enteramente de la justicia a la que se presentan, para ser juzgados, casos y más casos de demoliciones y planes generales y, como consecuencia, no le quede más remedio que ir dictando sentencias, una detrás de otra, para demoler lo construido y anular lo aprobado. Pero es evidente que no es sostenible. No somos tan ricos como para eso, es un gasto descomunal en sí mismo y tiene unos costes colaterales enormes.
No hace mucho tiempo fueron los propios jueces los que, alarmados por la enorme cantidad de sentencias de desahucio que se veían obligados a dictar, se dirigieron a la administración para que legislara sobre la materia, de tal manera que no condujera a sentencias insostenibles.
Es evidente la diferencia, sobre todo en las consecuencias sociales inmediatas, pero por su cantidad, afectar a recursos limitados y también por su tardanza en llegar, creo que estas sentencias en materia de urbanismo no son sostenibles.